Documentos Requeridos

  • Copia del documento de identificación.
  • Desprendibles de nómina que tengan desde la asignación de retiro.
  • Copia de la Resolución de la asignación de retiro y hoja de liquidación si se tiene.
  • Otros según el caso.

¿A Quién va Dirigido?

A todos los miembros de la policía nacional del nivel ejecutivo que actualmente se encuentren retirados.

¿Qué la reliquidación de la asignación de retiro por partidas computables?

La asignación de retiro a los miembros de la Policía Nacional, no se ha incrementado anualmente en todas las partidas computables desde la fecha de su reconocimiento, en los mismos porcentajes que se le ha incrementado cada año a los miembros activos de la Policía Nacional en el mismo grado, vulnerando el principio de oscilación.  

El principio de oscilación consiste en aumentar la asignación de retiro en los mismos porcentajes que se les incrementa la asignación a los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo, principio que no se esta cumpliendo.

La reclamación consiste en demandar judicialmente el incremento de la asignación de retiro, en los mismos porcentajes que se le incrementa el salario al miembro activo de la Policía Nacional en el mismo grado junto con todas las partidas computables como son: a) doceava de la prima de navidad; b) doceava de la prima de servicios; c) doceava de la prima vacacional; y d) subsidio de alimentación.

¿En qué consiste el trámite?

El trámite consiste en demandar ante la justicia ordinaria laboral, para que le ordene el reconocimiento pago mensual de la asignación de retiro junto con el incremento de todas las partidas computables, como se hace con el miembro activo, junto con el retroactivo a que se tiene derecho.

¿Y Como se Pagan Nuestros Honorarios?

Nuestros honorarios en este trámite se dan sobre resultados positivos. 

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