Al introducirse una nueva reforma pensional, es importante tener en cuenta los principales cambios y a quienes afectará.
La Ley 100 de 1993 es la norma que actualmente regula no solo las pensiones, sino todo el sistema de seguridad social integral y fue creada con el propósito de tener calidad de vida y para el caso particular de la pensión, poder cubrir las contingencias que provengan de la vejez, invalidez o muerte.
Con la expedición de esta Ley, Colombia cuenta con dos regímenes de pensiones solidarios, el régimen de prima media con prestación definida administrado por COLPENSIONES y el régimen de ahorro individual administrado por los fondos privados de pensiones.
¿Quiénes pueden acceder a la pensión?
Los trabajadores dependientes e independientes que cumplan con los requisitos establecidos en el régimen en el que se encuentren.
¿Cuáles son los requisitos actuales para acceder a la pensión?
Los requisitos varían dependiendo la entidad donde se encuentre afiliado, para Colpensiones:
- Acreditar 1.300 semanas o 25 años cotizados al sistema.
- Cumplir con la edad que para el caso de los hombres es de 62 años y para las mujeres de 57 años.
Para los trabajadores que se encuentran afiliados a los Fondos Privados de pensiones los requisitos son:
- Cumplir con la edad que para el caso de los hombres es de 62 años y para las mujeres de 57* años. *(Si se cuenta con Bono Pensional, la edad para hacerlo efectivo es a los 60 años para las mujeres).
- Tener acumulado en la Cuenta de Ahorro Individual el capital necesario. Aproximadamente por cada $200 millones de pesos ahorrados, se obtiene una pensión de un salario mínimo.
El Gobierno ha anunciado que la reforma pensional será presentada en marzo de 2020, en la que reveló que no modificará la edad de pensión y se centrará en problemas como la baja cobertura, desigualdad, el alto gasto en subsidios y sostenibilidad financiera del sistema.
Recomendamos que se adelante y regrese a Colpensiones antes de la reforma pensional del 2020, puesto que no sabemos qué cambios traiga consigo dicha reforma pensional o si más adelante se pueda llevar a cabo el traslado de fondo, actualmente la ley no permite realizar este cambio si faltan 10 o menos años para pensionarse, pero en Giraldo Abogados lo asesoramos para que regrese a Colpensiones y aumente el valor de su pensión sin importar que esté cercano a la edad de jubilación.
¡Que no lo coja la reforma pensional en un fondo privado! Asegure una buena pensión desde ya.
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